Suspensión perfecta de labores

Suspensión perfecta de labores
(Esquematización)

Medidas para preservar los ingresos y la protección social:
Para casos bajo suspensión perfecta de labores


PARA TRABAJADORES ( AFP, ESSALUD ONP)

  • Los trabajadores podrán retirar en forma extraordinaria hasta S/ 2 000 de su cuenta de capitalización del Sistema Privado de Pensiones, siempre que al momento de la evaluación de la solicitud de suspensión, no acrediten el aporte previsional del mes de febrero o del mes de marzo 2020
  • También podrán retirar hasta S/ 2 000 aquellos trabajadores cuya ultima remuneración declarada o la suma de éstas en un solo período sea menor a S/ 2 400
  • Excepcionalmente, los trabajadores podrán disponer de sus CTS por 1 remuneración bruta mensual por cada mes calendario vencido que dure la suspensión
    perfecta de labores
    • De no contar con saldo de CTS, el trabajador podrá solicitar adelanto el adelanto de pago de la CTS de Mayo y la gratificación del mes de julio
  • El Estado financiará los aportes a Essalud para la continuación de las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud
  • Los aportes al Sistema Nacional de Pensiones del período de suspensión perfecta no serán exigibles para acceder a una pensión ante la ONP

PARA TRABAJADORES DE MICROEMPRESAS

  • Para trabajadores con remuneración bruta menor a S/ 2 400 el Seguro Social de Salud (web EsSalud) entregará un bono de S/ 760 por cada mes calendario de
    suspensión perfecta

PARA EMPLEADORES

  • El empleador puede aplazar el depósito correspondiente a la CTS del mes de mayo 2020 hasta el mes de noviembre del año en cur so, excepto en los
    siguientes casos:
    • Cuando la remuneración bruta del trabajador sea hasta S/ 2,400, y
    • Cuando los trabajadores se encuentren en suspensión perfecta de labores.

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Modificaciones al IR

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