Mediante Decreto Legislativo N° 1457, el Gobierno ha modificado el límite máximo de la garantía del programa en mención:
Originalmente fue establecido como: Monto menor entre 3 veces contribución anual a Essalud o 1 mes de ventas promedio mensual del año 2019.
Se ha establecido como: Monto mayor entre 3 veces contribución anual a Essalud o 1 mes de ventas promedio mensual del año 2019.
Lineamientos del Programa “Reactiva Perú”
Antecedentes
- La garantía del gobierno se otorga sobre la cartera de créditos en moneda nacional colocados por las Entidades del Sistema Financiero (ESF) en el marco del programa.
- El Programa estará vigente desde la aprobación de su reglamento hasta el 30 de junio del 2020
- La garantía de Gobierno se otorga a través de Garantías de cartera de crédito y/o Garantía individual
Límite de la garantía
- La garantía cubre como máximo el monto que resulte MAYOR de1/ :
- Tres veces la contribución anual a EsSalud en el año 2019
- Un mes de venta promedio del año 2019
- La Garantía del Gobierno cubre el saldo no cobrado del préstamo. Las garantías se otorgan desde el 80% al 98% según el monto del crédito según escala adjunta (Ver Anexo 1)
Alcances y condiciones de acceso al programa
- Sólo cubre nuevos préstamos de Capital de Trabajo para pago a trabajadores y a proveedores.
- No pueden utilizarse para pre pagar obligaciones financieras vigentes antes de cancelar los créditos originados en el Programa.
- Las empresas no deben tener deudas coactivas tributarias mayores a 1 UIT (S/.4,300)
- Las empresas deben estar clasificadas como “Normal” o “Con problemas potenciales”.
- No elegibles empresas relacionadas con Entidades Financieras o con casos de corrupción.
- La empresa no debe distribuir dividendos ni utilidades, salvo lo correspondiente a los trabajadores
Plazo
- El préstamo no puede exceder más de 36 meses y con 12 meses de período de gracia de intereses y principal.
- Las tasas de interés serán establecidas en el Reglamento Operativo
Administración del programa
- COFIDE se encargará de la administración del Programa.
- COFIDE y las EFS deberán verificar el cumplimiento de los requisitos para acceder al Programa.
- Los gerentes generales o representantes de las empresas a que se acogen al Programa suscribirán una Declaración Jurada en la que manifiestan el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos para este Programa.
- Cualquier declaración falsa, fraude o simulación de las empresas generará responsabilidad civil y penal.
- La gestión de la cobranza de los créditos es obligación de las ESF, debiendo agotar todos los medios disponibles y demostrar la diligencia en esta función, hasta del honramiento de la garantía por el Estado.
Modificación por Decreto Supremo
- Se podrá modificar por única vez por Decreto Supremo:
- Los límites de la garantía • Los % de su cobertura (Podrían aumentarlo al 100%).
- Monto total que se garantiza por empresa.
- El plazo de los créditos (Hasta ahora es de 36 meses incluyendo 12 meses de periodo de gracia de intereses y principal).
(ANEXO 1)
% DE GARANTÍAS SEGÚN MONTO DE CRÉDITO
Créditos por empresa (S/.) | Garantía (%) |
Hasta 30,000 | 98% |
De 30,001 a 300,000 | 95% |
De 300,001 a 5´000,000 | 90% |
De 5’000,001 a 10,000,000 | 80% |
Expertise en diseño organizacional, estrategia e implementaciones. Más de 25 años de experiencia profesional. Anteriormente trabajó en Capgemini – Nueva York, IPAE, Apoyo Consultoría de Negocio y Pacífico Vida